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Alquiler de vientres: el debate llega al Congreso

Mujeres que conciben hijos ajenos cuentan cómo es el proceso. La Corte se ha pronunciado sobre el tema desde el 2009.

JIMENA DELGADO DÍAZ - ESCUELA DE PERIODISMO MULTIMEDIA EL TIEMPO @eltiempoescuela

“Este grupo es para personas interesadas en ser madres subrogadas. También para los que busquen un vientre en alquiler”, dice la descripción de una comunidad en Facebook con más de 1.300 integrantes cuyo motivo es el negocio de la gestación por encargo.

Con mensajes como: “Aquí no vale la belleza, tampoco un coeficiente intelectual alto. Lo que vende es ser sana, estar dispuesta a moverse de ciudad o país (si así lo quieren los padres del bebé), contar con tiempo para chequeos médicos y tener un primer hijo como prueba de que no hay problemas al concebir”, agencias y ofertantes atraen a quien contemple esta posibilidad.

“Tengo 26 años, sin vicios y gozo de buena salud. Deseo ser madre cigüeña, ya tengo una hija de 6 años, también saludable. Me ubico en Tolima”, cuenta una joven en el grupo. En el mismo espacio, también hay facilitadores del proceso para las personas que quieren tener un bebé, no pueden o quieren concebir y tienen dinero para pagar. Estos se encargan de conectar a parejas con las mujeres y las clínicas. De igual forma publican tarifas, condiciones e incentivos que tendrían las mujeres que subrogan sus vientres en un lapso de nueve meses: manutenciones mensuales, afiliación a EPS, pensión y caja de compensación, transporte para acudir a controles, bonos para compra de alimentos y un incentivo económico final.

Sobre dichos estímulos, Angélica Bernal, psicóloga y magíster en bioética de la Universidad Javeriana, explica que la realidad económica del país y de Latinoamérica hace que la propuesta sea llamativa. Ella se ha acercado a casos de migrantes venezolanas que han convertido esta práctica en una forma de sustento. “Suelen ser mujeres de escasos recursos y que encuentran una salida a su situación económica”, añade Bernal.

Sandra Chinchilla, una mujer estudiante de Derecho que después de tres años de pensarlo subrogó su vientre en Bogotá a través del método in vitro, llegó a un acuerdo con una pareja por una mensualidad de $ 1,8 millones, un subsidio de transporte de $ 100.000 y un bono tras culminar el proceso. Eliana, auxiliar de enfermería que optó por realizar la misma práctica y que no pidió guardar su identidad, cuenta que los bonos pueden ser entre los 5.000 y 6.000 dólares. Ambas consideran que sus decisiones nacen de la generosidad. Para ellas, hablar de sus experiencias positivas, pues sus embarazos y procesos tuvieron el acompañamiento de los padres y las instituciones médicas, ayuda a derrumbar los estigmas alrededor del tema.

Así mismo, Chinchilla le da un significado que se acerca más al de una obra altruista, una mirada lejana al debate sobre la mercantilización de la maternidad y la objetivación del cuerpo de la mujer. Para María Cristina Hurtado, abogada y politóloga feminista, “pareciera que las mujeres que se prestan para estas prácticas están influenciadas”.

¿Cómo funciona?

La gestación subrogada o por sustitución, mal llamada maternidad por encargo o alquiler de vientres, es un método de reproducción al que se llega por medio de un acuerdo.

Al aceptar los términos para subrogar el vientre, “comenzamos un proceso bastante largo. Iniciamos con una visita domiciliaria, siguen pruebas psicotécnicas para ver cómo está nuestro entorno psicosocial, continuamos con revisión psicológica y, por último, nos hacen chequeos médicos”, cuenta Chinchilla. Ella tuvo su transferencia embrionaria el 13 de marzo de 2022.

Luis Alberto Cáceres, director del Centro Colombiano de Endocrinología y Fertilidad Cornel, lo explica de forma más técnica: “se hacen exámenes de laboratorio para ver que no haya alteraciones hormonales; citología para comprobar que no tenga lesión en el cuello del útero, se ordena una ecografía para mirar órganos reproductores y también hay que evaluar su peso, no puede ser obesa”.

Tampoco se aceptan mujeres con trastornos psiquiátricos o alteraciones hormonales, pues se espera que esta sea sana desde todo punto de vista, debido a que el objetivo es llevar el embarazo a término.

“En la Constitución, el artículo 42 se refiere a la familia como núcleo fundamental de la sociedad y contempla la posibilidad de que haya hijos adoptados, concebidos por medios artificiales o técnica de reproducción humana asistida con los mismos derechos y deberes que los hijos naturales y la jurisprudencia da pie para que se den este tipo de casos”, explica Ximena Mora, abogada y enfermera con magíster en derecho médico de la Universidad Externado e investigadora del centro de estudios sobre genética y derecho.

En el 2009, por primera vez se mencionó el tema en jurisprudencia, con las sentencias T-968 del mismo año y luego con la T-316 de 2018 de la Corte Constitucional. Según los fallos, además de calificar de altruista este método de reproducción, definió que existen dos modalidades para subrogar el vientre: la tradicional y la gestacional. La primera reconoce a la madre gestante como la responsable genética. Aquí “no existe duda sobre la propiedad del material genético porque la mujer no ‘transfiere’ su posición y, por lo tanto, sus derechos como madre son indiscutibles”, según expresa el Concepto 23 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

En la segunda, la concepción se da a partir de óvulos ajenos al vientre subrogado, normalmente con la carga genética de la mujer reconocida como madre del bebé. Este proceso se da por medio de fecundación in vitro para que luego los embriones sean transmitidos a quien llevará a término el embarazo.

Dicho procedimiento fue definido por la Corte como un acto reproductor, en el que hay un acuerdo que cede todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra persona que figurará como responsable de este. Además, el alto tribunal sugirió algunos criterios para tener en cuenta, sin la intención de profundizar en los inconvenientes que pueden surgir en el proceso. Tales como que la mujer gestante se someta a exámenes antes, durante y después del embarazo; que no tenga un fin lucrativo sino el de ayudar a otras personas; que sea mayor de edad, haya tenido hijos, entre otros.

Sin embargo, una estudiosa del tema, que pide no ser nombrada, afirma que los acuerdos que aseguran a las partes involucradas son parecidos a convenios comerciales en los que se estaría contratando el útero. “Es como un contrato de compraventa, aunque suene feo. Tiene cláusulas como que la mujer debe renunciar a la maternidad y a toda filiación”, dice.

En ese sentido, para María Cristina Hurtado se estaría poniendo en el mundo de las cosas y bienes a una parte del cuerpo. “Los tratados internacionales sobre derechos humanos declaran que el cuerpo o ninguna parte de él puede ser motivo de transacción”, resaltó.

Regulación

Los vacíos legales en el tema, sumado a la tutela de un hombre contra la EPS Sanitas con la que reclamó la licencia de paternidad para recibir a su hija subrogada, motivaron a la Corte en septiembre de 2022 a emitir la sentencia T-275-22 con la que exhorta al Gobierno y le da un plazo de seis meses para presentar una iniciativa que regule este asunto.

En febrero, al Congreso llegaron dos proyectos de ley para regular la subrogación de vientres tras la orden de la Corte para reglamentar el tema. El del Gobierno incluye la definición de técnicas de reproducción humana asistidas de la Organización Mundial de la Salud, sus consecuencias, los derechos de la niñez y las mujeres, las limitaciones del tipo de subrogación gestacional, la asistencia clínica, el acuerdo entre las partes, las relaciones filiales. Como novedades, el texto del Ejecutivo solo permite dos gestaciones subrogadas por mujer y la prohibición de la práctica transfronteriza, para “evitar comportamientos de extranjeros que pudieran acudir a Colombia como un lugar atractivo para la subrogación uterina, promoviendo alguna forma de industria reproductiva”.

La segunda propuesta es del representante Alejandro Ocampo (Pacto Histórico), que se fundamenta en permitir la práctica con fines altruistas con indemnización y con la garantía de la protección de la dignidad humana, autonomía, igualdad, derechos de la mujer y la prohibición de esta con fines de lucro. Hasta ahora no ha comenzado el trámite de los proyectos que se acumularon.

La abogada Hurtado tiene varias consideraciones al respecto. Aunque ha escuchado pronunciamientos del Gobierno que defiende que el derecho no es para quien pueda pagar, el hecho de que se esté hablando de la necesidad de regular empieza porque hay quien tenga dinero para acceder a este método de reproducción. Por tanto, aquí hay contradicción a su juicio.

Dicho esto, bajo su análisis, las iniciativas conciben como producto del negocio jurídico a los bebés, además de que el marco regulatorio propuesto se desarrolla alrededor del derecho civil y no de los derechos humanos. En consecuencia, los menores no contarían con un defensor de familia que les hiciera seguimiento con respecto a su condición de salud, de vida, de dignidad e integridad. “Habría un riesgo enorme de que estos terminaran en redes de tráfico, de trata de personas, de pedofilia, en abandono, peligro, indefensión”, remarca.

Otras preocupaciones de la abogada derivan de situaciones que se han presentado en Europa y Estados Unidos, donde los padres subrogantes ejercen un control sobre las mujeres con relación a su vida sexual y consumo de algunos productos. Además de esto, recuerda que en México y Ucrania se han encontrado granjas donde “son encerradas para darles la comida que los papitos quieren que se coman”. A su juicio, esto evidencia la mercantilización del cuerpo femenino en su máxima expresión.

Entre otros casos extremos, Angélica Bernal cuenta que al sumergirse en la investigación para escribir su libro se encontró con la historia de una mujer que se ha sometido a la subrogación seis veces y que en su último proceso no logró tener al bebé por el desgaste corporal que sufrió a lo largo del tiempo. Según Hurtado, hechos como este y los anteriores son los que se han planteado desde las Naciones Unidas que ha determinado que poner el vientre en subrogación viola los derechos humanos, la integridad y la dignidad de las mujeres y niños, porque son entendidos como un medio y un producto de una técnica de reproducción asistida. “Como si el útero se pudiera separar del cuerpo. Es una cosificación que desconoce lo inalienables que son los derechos humanos, motivo que permite poner la maternidad al servicio de otras personas o de parejas”, agregó la abogada. “Es que si usted revisa el proyecto, ni siquiera las mujeres son nombradas, son llamadas con eufemismos como personajes gestantes y los niños como producto de la gestación”, complementó.

Ximena Mora, en cambio, defiende la regulación. “El derecho no puede ir adelante de las realidades sociales, viene detrás”. Según dice, en el trámite se deben establecer rangos de precios para evitar el enriquecimiento de terceros que se relacionen con estas prácticas; cómo proceder cuando una de las partes desee abortar y la otra se oponga, pues es un derecho fundamental de la mujer; determinar cómo se tramitará el certificado de nacido vivo con el que luego se hará el registro civil.

“En caso de enfermedad del feto, sería reprochable obligar a la mujer a abortar. Habría una entromisión a su esfera privada y va en contra de todo derecho. Eso debería quedar claro en la legislación para que no queden vacíos” agrega Mora.

No hay cifras concluyentes que hablen del tema por parte de organismos estatales o, en su defecto, de clínicas que realizan la fertilización artificial necesaria. “Los centros de salud que ejercen estas labores no reportan los casos o el número de mujeres que subrogan sus vientres, tampoco de los niños nacidos por medio de esta práctica”, alerta Angélica Bernal.

Por tanto, el registro de cómo se dan los procedimientos debe aparecer en la regulación para detectar riesgos, por lo que contemplar una base de datos a nivel nacional es necesario.

Además del enfoque regulacionista que exigió la Corte, existe otro camino que es el prohibicionismo. Italia, España, Alemania, Francia, Bélgica y Suiza ya lo han hecho. Y Hurtado pide que también se contemple esta opción.

A fondo

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2023-05-28T07:00:00.0000000Z

2023-05-28T07:00:00.0000000Z

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